¿A quien cobra la RGI le merece la pena ponerse a trabajar si el suedo es pequeño?

La RGI es la ayuda que, junto al Subsidio de Excarcelación, algunos expresos pueden cobrar al salir de prisión. En este momento la cuantía de la RGI para quien constituye una unidad familiar unipersonal es de 634,97€.

Dada la situación de crisis, quien se encuentra cobrando la RGI no suele tener posibilidades de encontrar un buen puesto de trabajo. En la mayoría de los casos, si son por cuenta ajena, se trata de trabajos con jornada reducida o por un plazo corto de tiempo y a cambio de un salario pequeño. Si son trabajos de autónomo, por lo general suponen un gran esfuerzo y un beneficio escaso,

Por eso es corriente que quien está cobrando la RGI tenga dudas de si le merece la pena trabajar en esas condiciones:

-” Para qué trabajar, si apenas voy a llegar a lo que cobro con la RGI”-

¿Es esto así? ¿Merece la pena trabajar en esa situación?

No es fácil responder a esa pregunta. Sin embargo vamos a exponer alguna de las ventajas económicas, directas o indirectas, que tiene trabajar frente a permanecer cobrando la RGI.

  •     Trabajar, por cuenta ajena o como autónomo, implica estar de alta en la cotización a la Seguridad Social, lo que a su vez supondrá una mayor pensión cuando llegue la jubilación.
  •     Estar dado de alta en la Seguridad Social durante determinado tiempo, da opción a cobrar la Retribución por Desempleo, es decir, el Paro.
  •     Quien ha estado trabajando 2 años, tiene más de 55, y termina el periodo de cobro del Paro tiene derecho a recibir el Subsidio para mayores de 55 años mientras no encuentre un nuevo trabajo. Puede seguir cobrando este subsidio incluso hasta que le llegue la edad de jubilación.
  •     La cantidad que va a recibir quien está trabajando por cuenta ajena o como autónomo es siempre mayor a la que recibiría por el cobro de la RGI. Ello debido al sistema de “Renta Complementaria de los Ingresos de Trabajo” y de “Medidas de Fomento del Empleo” que ha puesto en marcha la Administración. La diferencia entre la RGI y lo que va a cobrar quien trabaja por cuenta ajena o como autónomo dependerá del tiempo que lleve trabajando y del tipo de unidad familiar que constituya (si vive sólo, o con el cónyuge u otro familiar, o con varios de ellos…).